ADMINISTRACIÓN DE REHABILITACIÓN VOCACIONAL | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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RESUMEN DE LA AGENCIA
La Ley Núm. 97 de 10 de junio de 2000, según enmendada, conocida como Ley de Rehabilitación Vocacional de Puerto Rico, transfirió a la A.R.V. del Departamento de la Familia (D.F.) al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (D.T.R.H.). Ley Pública Federal 93-112 de 26 de septiembre de 1973, según enmendada, conocida como "Ley Federal de Rehabilitación Vocacional", estableció los criterios para operar el Programa de Rehabilitación Vocacional, la cual requiere autonomía programática y fiscal para llevar a cabo sus operaciones. MISIÓN Integrar las personas con impedimentos hacia la fuerza laboral para que éstas alcancen y gocen de una vida más independiente. VISIÓN Ser la Agencia líder en la prestación de servicios de calidad que garanticen la competitividad de las personas con impedimentos en el mercado de empleo y su derecho a una vida más independiente. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL La Administración de Rehabilitación Vocacional (A.R.V.) se compone de las siguientes unidades organizacionales:
LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA La Administración de Rehabilitación Vocacional cuenta con una Oficina Central localizada en el Edificio Mercantil Plaza, Suite 1501, Hato Rey, Puerto Rico y seis oficinas regionales localizadas en: Centro Este- Caguas, Humacao y Guayama; Norte-Arecibo; Norte Centro-Bayamón; Metro Este-San Juan, Carolina; Oeste-Aguadilla, Mayagüez; y Sur-Ponce. ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA
PROGRAMA Programa: Prestación de Servicios de Rehabilitación Física y Vocacional DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA Es responsable de atender las personas con impedimentos que resulten elegibles, conforme a los criterios establecidos en la Ley Pública Núm. 93-112 de 26 de septiembre de 1973, según enmendada, conocida como Ley de Rehabilitación. Entre los servicios primarios que ofrece están los siguientes: Consejería y orientación, Asistencia en la búsqueda, colocación y retención de un empleo en un ambiente integrado, Valoración o evaluación preliminar y comprensiva para determinar elegibilidad para los servicios y las necesidades de rehabilitación, Servicios de tecnología rehabilitativa, Servicios post-empleo necesarios para ayudar a la persona a mantener, recuperar o progresar en un empleo, Servicios de restauración física y mental, Adiestramiento y manutención para cubrir los costos adicionales en los que incurre la persona mientras participa en el proceso de rehabilitación, Lectores y enseñanza de técnicas de orientación y movilidad para personas ciegas, Intérpretes para personas sordas y Adiestramiento y reclutamiento para promover nuevas oportunidades de empleo en el servicio público o en la empresa privada. Se subvencionan además, de ser necesario: licencias ocupacionales, herramientas, equipos, mercancía inicial y materiales, asistentes personales, mientras la persona con impedimentos recibe servicios de rehabilitación, y servicios de empleo sostenido, entre otros. OBJETIVOS
DATOS ESTADÍSTICOS
CLIENTELA Provee servicios a personas con impedimentos físicos, mentales, cognoscitivos o sensoriales para prepararse y obtener o asegurar un empleo, de acuerdo con sus capacidades, intereses, habilidades, inquietudes, recursos, prioridades y su selección informada. Se incluyen bajo esta categoría aquellas personas con impedimentos significativos.
RECURSOS HUMANOS
PRESUPUESTO RECOMENDADO A LA AGENCIA 2010 El presupuesto recomendado asciende a $90,496,0000 e incluye; $11,292,000 con cargo a la Resolución Conjunta del Presupuesto General, $65,230,000 de Fondos Federales, $600,000 de Fondos Especiales Estatales, $7,011,000 del Programa de Reinversión y Estimulo Económico Federal y $6,363,000 del Fondo de Estabilización Fiscal. Los Fondos Federales corresponden a los programas "Independent Living State Gran", "Rehabilitation Services Vocational Rehabilitation Grant to State", "Supported Employment Services for Individual with Severe Disabilities" y "Rehabilitation Training State Vocational Rehabilitation Unit". Los Fondos Especiales Estatales provienen del acuerdo interagencial entre la Administración de Rehabilitación Vocacional y la Corporación del Fondo del Seguro del Estado. El presupuesto consolidado recomendado a la agencia permitirá maximizar los Fondos Federales y realizar el pareo requerido en proporción de 21.3% de fondos estatales y 78.7% de aportaciones federales. Estos fondos combinados permiten que la agencia cumpla con su política pública y los requisitos de las leyes federales. En especial, alcanzar la meta propuesta de atender 30,665 consumidores y que de estos, 2,796 obtengan un resultado de empleo, que se traduce en ofrecer servicios efectivos que permitan la capacitación, adiestramiento y rehabilitación de las personas con impedimentos físicos y mentales en edad productiva. La aprobación del Programa de Reinversión y Estímulo Económico Federal para Puerto Rico 2009, A.R.R.A. por su siglas en inglés, establece que la Administración de Rehabilitación Vocacional es elegible para obtener estos fondos y otros adicionales a través de programas federales de índole competitiva. Los mismos son con el propósito de proporcionar servicios dirigidos a proyectos de vida independiente (Independent Living Councils) para personas con impedimentos significativos conforme a la Sec. 725 de la Ley Federal de Rehabilitación Vocacional. Los recursos del Fondo de Estabilización Fiscal son producto de las emisiones de bonos de la Corporación del Fondo de Interés Apremiante autorizados mediante la Ley Núm. 7 de 9 de marzo de 2009. Los mismos permitirán sufragar los costos del Plan de Alternativa al Empleado Público dispuesto por la Ley 7, supra, como parte del Plan de Estabilización Fiscal del Gobierno. RESUMEN DE LOS RECURSOS DISPONIBLES DE LA AGENCIA
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