OFICINA DE EXENCIÓN CONTRIBUTIVA INDUSTRIAL | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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RESUMEN DE LA AGENCIA
BASE LEGAL La Ley Núm.135 de 2 de diciembre de 1997, según enmendada, creó la Oficina de Exención Contributiva Industrial y la adscribió al Departamento de Estado. Posteriormente, la Ley Núm. 73 de 28 de mayo de 2008, conocida como la "Ley de Incentivos Económicos para el Desarrollo de Puerto Rico" la adscribió al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio. MISIÓN
Viabilizar el otorgamiento de exención contributiva en armonía con la política económica del País, como incentivo para lograr atraer, establecer, desarrollar y retener el mayor número posible de industrias; para crear más y mejores empleos directos e indirectos y contribuir al crecimiento industrial y económico de Puerto Rico. VISIÓN
Administrar la Ley de Incentivos Económicos para el Desarrollo de Puerto Rico, asegurando que Puerto Rico se mantenga competitivo tanto a nivel local y mundial como localizaci;on para hacer negocios. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL La Oficina de Exención Contributiva Industrial se compone de las siguientes unidades organizacionales:
LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA La Oficina de Exención Contributiva Industrial está localizada en la Avenida F.D. Roosvelt Núm. 355, Edificio de Fomento Industrial, Oficina 105, en Hato Rey. ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA
PUESTOS OCUPADOS
ESTUDIO Y ANALISIS DE PETICIONES DE EXENCION CONTRIBUTIVA. Tiene la responsabilidad de viabilizar el establecimiento y desarrollo del mayor número posible de industrias para lograr que aporten al crecimiento industrial y económico de la Isla con la creación de empleos. Estos esfuerzos se logran mediante la otorgación de exención contributiva como incentivo para la creación de empleos directos o indirectos. OBJETIVOS
DATOS ESTADÍSTICOS
Durante el año fiscal 2007-2008 no se provee información sobre la Ley Núm. 73 debido a que la misma entró en vigor el 1 de julio de 2008. La Ley Núm. 135 culminó el 30 de junio de 2008, sólo quedan 60 casos pendientes bajo dicha Ley, proyectamos que los mismos se aprueben durante el presente año fiscal 2008-2009. Basado en lo anterior, no aumentar casos bajo la Ley Núm. 135 en 2010.
El presupuesto consolidado recomendado a la Oficina de Exención Contributiva Industrial para el año fiscal 2010 asciende a $939,000 con cargo a Ingresos Propios. Estos fondos permitirán viabilizar el establecimiento y desarrollo de las Industrias para lograr que aporten al crecimiento industrial y económico de la Isla.
Los ingresos Propios que genera esta oficina provienen de los recaudos por concepto de los decretos contributivos y enmiendas a éstos que hacen las Industrias para la exención contributiva como incentivo a la creación de empleo.
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