RESUMEN DE LA AGENCIA
BASE LEGAL
La
Ley Núm. 102 del 28 de junio de 1965,
según enmendada, creó la Comisión de Derechos Civiles. La
Ley Núm. 186 del 3 de septiembre de 1996,
adscribe la Comisión a la Asamblea Legislativa.
MISIÓN
Educar y proteger los derechos civiles fundamentales de todos los puertorriqueños y otras personas residentes en Puerto Rico.
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
La Comisión de Derechos Civiles está integrada por cinco miembros nombrados por el Poder Ejecutivo, con el consejo y consentimiento del Senado. Para llevar a cabo sus funciones, la Comisión cuenta con las siguientes unidades organizacionales:
- Oficina de Educación
- Oficina de Querellas e Investigaciones
- Oficina del Director Ejecutivo
- Oficina de los Comisionados
- Oficina Legal
ESTRUCTURA GEOGRÁFICA
La Comisión de Derechos Civiles está localizada en el área de Hato Rey en San Juan.
ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA
PUESTOS OCUPADOS
Puestos Ocupados y Propuestos |
2006 |
2007 |
2008 |
2009 |
|
Cantidad total de puestos |
13 |
13 |
17 |
17 |
PROGRAMA
Programa: Educación y Orientación sobre los Derechos Civiles
DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA
Tiene la función de educar sobre el significado de los derechos fundamentales y los medios de como respetarlos, protegerlos y enaltecerlos. Para lograrlo, ofrece a diferentes sectores de la población: seminarios, adiestramientos, charlas, conferencias, congresos, tertulias y actividades afines, a través de toda la Isla. Además, ofrece orientación legal a las personas que alegan violaciones a sus derechos civiles y se les sugieren cursos de acción. Asimismo, efectúa estudios e investigaciones sobre estas quejas o querellas. También, asesora al Poder Ejecutivo y Legislativo sobre la situación de los derechos civiles del País y colabora con entidades gubernamentales y de la sociedad civil en la protección de los derechos fundamentales. Por otro lado, conforme a la
Ley Núm. 186 del 3 de septiembre de 1996,
participa en procesos judiciales en calidad de "amicus curiae".
OBJETIVOS
- Mantener orientada a la población sobre la defensa y protección de sus derechos civiles.
- Gestionar ante los individuos y las autoridades gubernamentales la protección de los derechos humanos y el estricto cumplimiento de las leyes que amparan tales derechos.
- Realizar estudios e investigaciones sobre la vigencia de los derechos fundamentales, lo que incluye quejas o querellas radicadas por cualquier ciudadano.
- Evaluar las leyes, normas y actuaciones del gobierno estatal y municipal relacionadas con los derechos civiles y sugerir reformas sobre las mismas.
- Presentar un informe anual y cualquier otro informe especial al Gobernador, al Tribunal Supremo y a la Asamblea Legislativa, con las recomendaciones necesarias para la continua y eficaz protección de los derechos fundamentales de las personas.
DATOS ESTADÍSTICOS
Datos Estadísticos |
2007 |
2008 |
2009 |
  |
Actividades educativas |
150 |
150 |
150 |
Querellas atendidas |
1,600 |
1,600 |
1,600 |
CLIENTELA
Todo el pueblo puertorriqueño (Público en general).
RECURSOS HUMANOS
Puestos Ocupados y Propuestos |
2006 |
2007 |
2008 |
2009 |
|
Dirección, Técnico, Administrativo y de Oficina |
9 |
9 |
11 |
11 |
Jueces, Abogados y Personal Jurídico |
4 |
4 |
6 |
6 |
Total, Puestos |
13 |
13 |
17 |
17 |
PRESUPUESTO RECOMENDADO DE LA AGENCIA 2009
Mediante la Ley Núm. 186 del 3 de septiembre de 1996, que enmendó la Ley Orgánica de la Comisión de Derechos Civiles (Ley Núm. 102 del 28 de junio de 1965), se adscribió la Comisión a la Asamblea Legislativa para fines presupuestarios.
Conforme a la Ley Num. 147 del 18 de junio de 1980, conocida como "Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto" la Asamblea Legislativa está exenta de someter la petición presupuestaria. La misma establece que el Gobernador incluirá un presupuesto igual al vigente para sus gastos ordinarios y de funcionamiento.
RESUMEN DE LOS RECURSOS DISPONIBLES DE LA AGENCIA
Presupuesto Consolidado  (en miles de dólares) |
2006 |
2007 |
2008 |
2009 |
  |
Programa |
  |
Gastos de Funcionamiento |
Gasto |
Gasto |
Asig. |
Recom. |
Educación y Orientación sobre los Derechos Civiles |
1,031 |
1,031 |
1,101 |
1,101 |
Subtotal, Gastos de Funcionamiento |
1,031 |
1,031 |
1,101 |
1,101 |
Total, Programa |
1,031 |
1,031 |
1,101 |
1,101 |
  |
Origen de Recursos |
  |
Gastos de Funcionamiento |
  |
Resolución Conjunta del Presupuesto General |
1,031 |
1,031 |
1,101 |
1,101 |
Subtotal, Gastos de Funcionamiento |
1,031 |
1,031 |
1,101 |
1,101 |
Total, Origen de Recursos |
1,031 |
1,031 |
1,101 |
1,101 |
  |
Concepto |
  |
Gastos de Funcionamiento |
  |
Nómina y Costos Relacionados |
590 |
601 |
590 |
590 |
Facilidades y Pagos por Servicios Públicos |
25 |
25 |
25 |
25 |
Servicios Comprados |
235 |
223 |
235 |
235 |
Gastos de Transportación |
24 |
24 |
24 |
24 |
Servicios Profesionales |
114 |
114 |
114 |
114 |
Otros Gastos Operacionales |
21 |
20 |
91 |
91 |
Compra de Equipo |
10 |
10 |
10 |
10 |
Materiales y Suministros |
10 |
10 |
10 |
10 |
Anuncios y Pautas en Medios |
2 |
4 |
2 |
2 |
Subtotal, Gastos de Funcionamiento |
1,031 |
1,031 |
1,101 |
1,101 |
Total, Concepto |
1,031 |
1,031 |
1,101 |
1,101 |
|