OFICINA DEL CONTRALOR
DE PUERTO RICO
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RESUMEN DE LA AGENCIA
BASE LEGAL La Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico del 25 de julio de 1952, Artículo III, Sección 22, crea el cargo del Contralor y la Ley Núm. 9 de 24 de julio de 1952, según enmendada, creó la Oficina del Contralor. MISIÓN Promover y asegurar el uso efectivo y eficiente de los recursos del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en beneficio de nuestro pueblo. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL La Oficina del Contralor de Puerto Rico cuenta con las siguientes unidades organizacionales:
ESTRUCTURA GEOGRÁFICA La Oficina del Contralor está localizada en el área de Hato Rey, San Juan. ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA PUESTOS OCUPADOS
Programa: Post-intervención de las Operaciones Fiscales del Gobierno DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMAEfectuar auditorías periódicas de los ingresos, cuentas y desembolsos del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sus agencias y municipios, para determinar que las transacciones se realizaron de acuerdo con la ley y reglamentos. Emitir informes sobre los resultados de las auditorías, para que el funcionario principal de las dependencias tome medidas correctivas. Además, se incluyen recomendaciones a funcionarios de otras agencias a quienes también les compete tomar medidas correctivas. Verificar que se realicen las recomendaciones incluídas en los informes de auditoría. Mantener un registro de todos los contratos formalizados por los organismos públicos y los municipios. CLIENTELA
Todas las agencias, corporaciones públicas e instrumentalidades de la Rama Ejecutiva, la Rama Judicial, la Rama Legislativa y organismos adscritos al Gobierno Estatal, gobiernos municipales, organizaciones sin fines de lucro que administran fondos públicos, la prensa del País, las asociaciones, colegios profesionales y la ciudadanía. RECURSOS HUMANOS
PRESUPUESTO RECOMENDADO DE LA AGENCIA 2009 El presupuesto recomendado a la Oficina del Contralor para el próximo año fiscal 2009 asciende a $43,000,000, que es igual al vigente. El mismo se consigna conforme a la Ley Núm. 147 de 18 de junio de 1980, "Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto", que establece en su Artículo 4 que las dependencias del poder legislativo someterán directamente a la Asamblea Legislativa sus peticiones de recursos con copia a la Oficina de Gerencia y Presupuesto. Corresponde a la Asamblea Legislativa, aumentar, disminuir o dejar igual este presupuesto. RESUMEN DE LOS RECURSOS DISPONIBLES DE LA AGENCIA
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