COMISIÓN DE DERECHOS CIVILES


RESUMEN DE LA AGENCIA

BASE LEGAL

La Comisión de Derechos Civiles se creó por la Ley Núm. 102 de 28 de junio de 1965, según enmendada. Posteriormente, esta Ley Orgánica es enmendada por la Ley Núm. 186 de 3 de septiembre de 1996; que adscribe la Comisión a la Asamblea Legislativa y le permite participar como "amicus curiae" ante los tribunales en casos cuyo resultado pueda tener un impacto en la vigencia de los derechos fundamentales en el país.

MISIÓN

Proteger los derechos civiles en Puerto Rico mediante la educación al pueblo y a los funcionarios de gobierno sobre el significado de estos derechos fundamentales que tienen las personas, además de orientarlos sobre los medios de cómo respetarlos, protegerlos y enaltecerlos.

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

La Comisión de Derechos Civiles está adscrita a la Asamblea Legislativa y está integrada por cinco miembros nombrados por el Poder Ejecutivo, con el consejo y consentimiento del Senado, por términos escalonados de seis años. Para llevar a cabo sus funciones, la Comisión cuenta con las siguientes oficinas:

  • Director Ejecutivo
  • Educación y Relaciones con la Comunidad
  • Servicios Administrativos
  • Servicios Legales

ESTRUCTURA GEOGRÁFICA

La Comisión de Derechos Civiles está localizada en Avenida Ponce de León #416, Edificio Union Plaza Piso 9, Oficina 901, Hato Rey.

ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA

PUESTOS OCUPADOS

Puestos Ocupados y Propuestos 2004 2005 2006 2007

Cantidad total de puestos 15 13 13 13
Costo promedio por puesto 38 47 45 46
(en miles de dólares)

Las cifras del 2004, 2005 y 2006 son a partir de la certificación de puestos emitida por la Agencia al 30 de septiembre de cada año. La cifra del año 2007 es la proyectada por la Agencia durante el proceso Presupuestario, año fiscal 2006-2007.

PROGRAMA

Programa: Educación y Orientación sobre los Derechos Civiles

DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA

Este programa tiene la función de educar sobre el significado de los derechos fundamentales y los medios de como respetarlos, protegerlos y enaltecerlos. Para lograrlo, ofrece a diferentes sectores de la población: seminarios, adiestramientos, charlas, conferencias, congresos, tertulias y actividades afines, a través de toda la isla. Además, ofrece orientación legal a las personas que alegan violaciones a sus derechos civiles y se les sugieren cursos de acción. Asimismo, efectúa estudios e investigaciones sobre estas quejas o querellas. También, asesora al Poder Ejecutivo y Legislativo sobre la situación de los derechos civiles del país; y colabora con entidades gubernamentales y de la sociedad civil en la protección de los derechos fundamentales. Por otro lado, conforme a la Ley Núm. 186 del 3 de septiembre de 1996, participa en procesos judiciales en calidad de "amicus curiae".

OBJETIVOS

  • Mantener orientada a la población sobre la defensa y protección de sus derechos civiles.
  • Gestionar ante los individuos y las autoridades gubernamentales la protección de los derechos humanos y el estricto cumplimiento de las leyes que amparan tales derechos.
  • Realizar estudios e investigaciones sobre la vigencia de los derechos fundamentales, lo que incluye quejas o querellas radicadas por cualquier ciudadano.
  • Evaluar las leyes, normas y actuaciones de los gobiernos estatal y municipal relacionadas con los derechos civiles y sugerir reformas sobre las mismas.
  • Presentar un informe anual y cualquier otro informe especial al Gobernador, al Tribunal Supremo y a la Asamblea Legislativa, con las recomendaciones necesarias para la continua y eficaz protección de los derechos fundamentales de las personas.

DATOS ESTADÍSTICOS

Datos Estadísticos 2005 2006 2007

 

Actividades educativas 0 116 150
Querellas atendidas 0 1,550 1,600

Información provista por la agencia durante el proceso presupuestario Año Fiscal 2006-2007.

CLIENTELA

Todo el pueblo puertorriqueño (Público en general).

RECURSOS HUMANOS

Puestos Ocupados y Propuestos 2004 2005 2006 2007

Dirección, Técnico, Administrativo y de Oficina 13 9 9 9
Jueces, Abogados y Personal Jurídico 2 4 4 4
Total, Puestos 15 13 13 13

PRESUPUESTO RECOMENDADO DE LA AGENCIA 2007

Conforme a la Ley Núm. 147 del 18 de junio de 1980, según enmendada, la Comisión de Derechos Civiles, como organismo adscrito a la Asamblea Legislativa, está exenta de someter peticiones de recursos y para la cual el Gobernador incluirá en el Presupuesto que recomiende, un presupuesto para gastos ordinarios de funcionamiento igual al vigente. Es la Asamblea Legislativa quien evalúa las peticiones presupuestarias de la Comisión y aprueba su presupuesto anual. No obstante, se recomienda un incremento para atemperar el gasto de la Comisión reflejado en el año 2005.

RESUMEN DE LOS RECURSOS DISPONIBLES DE LA AGENCIA

Presupuesto Consolidado: (en miles de dólares)

Programas 2005 2006 2006 2007

 

Gastos de funcionamiento Gasto Asig. Gasto Recom.
Educación y Orientación sobre los Derechos Civiles 1,213 1,031 1,031 1,203
Subtotal, Gastos de funcionamiento 1,213 1,031 1,031 1,203
Total, Presupuesto Consolidado 1,213 1,031 1,031 1,203
 
Origen de Recursos  
Gastos de funcionamiento  
Resolución Conjunta del Presupuesto General 1,213 1,031 1,031 1,203
Subtotal, Gastos de funcionamiento 1,213 1,031 1,031 1,203
Total, Presupuesto Consolidado 1,213 1,031 1,031 1,203
 
Presupuesto Consolidado por Concepto  
Nómina y costos relacionados 611 590 590 601
Facilidades y Pagos por Servicios Públicos 16 25 25 25
Servicios Comprados 267 235 235 325
Gastos de Transportación 30 24 24 30
Servicios Profesionales 0 114 114 114
Otros Gastos Operacionales 249 21 21 86
Compra de Equipo 10 10 10 10
Materiales y Suministros 10 10 10 10
Anuncios y Pautas en Medios 20 2 2 2
Total, Presupuesto Consolidado 1,213 1,031 1,031 1,203