OFICINA DEL CONTRALOR
DE PUERTO RICO
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RESUMEN DE LA AGENCIA
BASE LEGAL
El Artículo III, Sección 22, de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico crea el cargo del Contralor y la
Ley Núm. 9 de 24 de julio de 1952,
según enmendada, crea la Oficina del Contralor. MISIÓN
Fiscalizar las transacciones de los fondos y la propiedad pública con independencia y objetividad, para determinar si las mismas se han realizado de acuerdo con la ley. Promover el uso efectivo y eficiente de los recursos del gobierno en beneficio de nuestro pueblo. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
La Oficina del Contralor de Puerto Rico está integrada por las siguientes unidades:
ESTRUCTURA GEOGRÁFICA
La Oficina del Contralor está localizada en la Avenida Ponce de León 105, Esquina Pepe Díaz en Hato Rey. ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA PUESTOS OCUPADOS
Programa: Post-intervención de las Operaciones Fiscales del Gobierno DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA
Efectuar auditorías periódicas de los ingresos, cuentas y desembolsos del Gobierno de Puerto Rico, sus agencias, organismos y de los municipios, para determinar si las transacciones se han hecho de acuerdo con la ley y los reglamentos. Emitir informes sobre los resultados de las auditorías, para que el funcionario principal de las dependencias tome medidas correctivas. Además, se incluyen recomendaciones a funcionarios de otras agencias a quienes también les compete tomar medidas correctivas. Verificar que se realicen las recomendaciones incluidas en los informes de auditoría. Mantener un registro de todos los contratos formalizados por los organismos públicos y los municipios. CLIENTELA
Todas las agencias, corporaciones públicas e instrumentalidades de la Rama Ejecutiva; la Rama Judicial; la Rama Legislativa y organismos adscritos al Gobierno Estatal, gobiernos municipales, organizaciones sin fines de lucro que administran fondos públicos, la prensa del país, las asociaciones, colegios profesionales y la ciudadanía. RECURSOS HUMANOS
PRESUPUESTO RECOMENDADO DE LA AGENCIA 2007
El presupuesto recomendado asciende a $42,000,000 del Fondo General. La Oficina del Contralor está adscrita a la Rama Legislativa mediante la Ley Núm. 9 del 24 de julio de 1952, según enmendada. Le corresponde a la Legislatura evaluar los recursos fiscales necesarios para el funcionamiento de este organismo. Igualmente, la Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, Ley Núm. 147 del 18 de junio de 1980, según enmendada, establece que la Oficina del Contralor someterá su petición de recursos directamente a la Asamblea Legislativa en o antes del 30 de noviembre del año anterior al solicitado, con copia a la Oficina de Gerencia y Presupuesto. De acuerdo a esta Ley, el Gobernador incluirá los recursos fiscales para los gastos operacionales de la Oficina en el presupuesto recomendado sin revisarlos. RESUMEN DE LOS RECURSOS DISPONIBLES DE LA AGENCIA Presupuesto Consolidado: (en miles de dólares)
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