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CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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RESUMEN DE LA AGENCIA
BASE LEGAL La Ley Núm. 148 del 15 de julio de 1999 , según enmendada, separa al Consejo General de Educación (CGE) del Departamento de Educación. Para el año fiscal 2005-2006 se propondrá legislación para consolidar los procesos de acreditación de los sistema educativos de Puerto Rico desde el nivel elemental hasta el nivel postsecundario y universitario. PUESTOS OCUPADOS
Para el año fiscal 2005-2006 los recursos humanos y fiscales del Consejo General de Educación pasarán a la Junta Acreditadora de Educación. Esta Junta de nueva creación integrará las funciones del Consejo de Educación Superior y el Consejo General de Educación. Ambos organismos evalúan y autorizan la operación de instituciones educativas: uno dirigido a las escuelas y nivel postsecundario y privados y otro a las universidades y colegios técnicos. La integración de esos organismos permitirá reducir la fragmentación de funciones similares y costos administrativos. Esto también beneficiará la educación ya que se establecen los estandarés de la educación de forma integral. RESUMEN DE LOS RECURSOS DISPONIBLES DE LA AGENCIA Presupuesto Consolidado: (en miles de dólares)
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