ASAMBLEA LEGISLATIVA

BASE LEGAL: La Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico del 25 de julio de 1952, Articulo III, establece que el Poder Legislativo se ejercerá a través de una Asamblea Legislativa.

MISION: Ejercer el poder legislativo mediante la aprobación de leyes y realización de estudios e investigaciones de interés público.

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL: La Asamblea Legislativa a nivel organizacional es un cuerpo bicameral cuyos componentes son el Senado y la Cámara de Representante. El Senado está compuesto por 27 senadores, dos por cada uno de los ocho distritos Senatoriales y once Senadores por acumulación. La Cámara de Representantes, está formada actualmente por 53 representantes, uno por cada uno de los 40 distritos representativos, 11 representantes por acumulación y 2 por adición en virtud de la Constitución de Estado Libre Asociado de Puerto Rico en el Artículo III, Sección 7 del Poder Legislativo. La Asamblea Legislativa tiene la siguiente composición interna a nivel de asesoramiento:

ESTRUCTURA GEOGRAFICA:

La Asamblea Legislativa de Puerto Rico tiene su sede en el edificio del Capitolio localizado en:

ESTRUCTURA PROGRAMATICA:

RESUMEN DE LOS RECURSOS DISPONIBLES EN LA AGENCIA

PRESUPUESTO CONSOLIDADO

(En miles de dólares)

Programas

1997

1998

1999

2000

Gastos Operacionales

Gasto

Gasto

Vigente

Aprobado

Actividades Conjuntas

10,629

8,907

11,959

13,209

Cámara de Representantes

21,889

26,936

27,400

30,900

Comisión Especial para la Reforma Educativa

342

0

0

0

Donativos a Organizaciones Particulares

14,918

16,355

17,472

17,828

Senado de Puerto Rico

16,240

21,312

21,682

24,182

Comisión Especial Conjunta sobre Donativos Legislativos

250

250

1,448

1,575

Subtotal, Gastos Operacionales

64,268

73,760

79,961

87,694

         
Mejoras Permanentes
       

Actividades Conjuntas

0

8,000

8,000

0

Cámara de Representantes

0

0

0

0

Senado de Puerto Rico

0

0

0

0

Subtotal, Mejoras Permanentes

0

8,000

8,000

0

Total, Presupuesto Consolidado

64,268

81,760

87,961

87,694

         

Origen de Recursos

       

Gastos Operacionales

 

 

 

 

R.C. del Presupuesto General

47,500

56,658

60,652

67,902

Asignación Especial

16,768

17,102

19,309

19,792

Subtotal, Gastos Operacionales

64,268

73,760

79,961

87,694

         

Mejoras Permanentes

 

 

 

 

Fondo de Mejoras Públicas

0

8,000

8,000

0

Subtotal, Mejoras Permanentes

0

8,000

8,000

0

Total, Recursos

64,268

81,760

87,961

87,694

         

Presupuesto Operacional por Concepto

       

Otros Gastos

64,268

73,760

87,961

87,694

Total, Gastos Operacionales

64,268

73,760

87,961

87,694

Presupuesto Aprobado 2000: La Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (Ley 147 del 18 de junio de 1980), exime a la Asamblea Legislativa de someter peticiones presupuestarias, para los gastos de funcionamientos de sus Cuerpos Legislativos, Cámara de Representantes, Senado y para las actividades conjuntas de ambos cuerpos y dispone que el Gobernador recomiende un presupuesto para gastos ordinarios de funcionamiento igual al vigente. Corresponde a la Asamblea Legislativa aumentar, dejar igual o disminuir sus asignaciones de recursos.

El Gobernador, al considerar la Resolución Conjunta del Presupuesto de Gastos de cada año fiscal puede concurrir con la asignación que se propone la Asamblea Legislativa o mediante veto de línea, disminuir la asignación.